PRIMA DE RIESGO DE TRABAJO

14.01.2020

De conformidad con el artículo 74 de la Ley del Seguro Social y el 32 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización, la Prima de Riesgo para el periodo de marzo 2020 a febrero 2021 debe ser calculada y presentada al Instituto Mexicano del Seguro Social durante el mes de febrero del presente año. 

Consulta a tu Contador para que la realice y presente en tiempo y forma. 

Toma en cuenta que tu prima de riesgo derivado de las incidencias y movimientos que se desarrollaron durante el año anterior puede cambiar, de forma que pagues menos por este rubro en tus obligaciones laborales. 

Es importante presentarla derivado de que una prima no presentada puede derivar en una revisión de prima de riesgo por parte del Instituto y una reclasificación de riesgo en el cual se te asigne la prima que te correspondía al principio de las operaciones de la compañía y de a cuerdo al grado de riesgo asignado a tu operación.